Se desarrolló este lunes por la noche la habitual asamblea de clubes en la sede central de la Liga Departamental de Canelones.
Penúltimo consejo del año y muchos temas sobre la mesa. Se dio a conocer la renuncia del colegio de árbitros y todo estaría encaminado para que Roberto Fleitas tome las riendas del mismo en el correr de los días. Por otra parte, se informó la continuidad de los trabajos en la cancha de Sporting, lugar donde se acomodará en los próximos meses la máxima autoridad del fútbol canario, siendo también el centro del alto rendimiento de la selección.
En cuanto al campeonato local, a partir del domingo los horarios oficiales, para los partidos en horario vespertino, fueron modificados. Categoría sub 17 iniciará a las 14:45 horas, mientras que la mayor dará comienzo a su encuentro a las 17:00. Los matutinos seguirán siendo 9:30 y 11:30.
En otro orden, Canelones se inscribió a la Copa Nacional de Selecciones sub 14 de OFI, certamen que se disputará en los primeros días de diciembre. Jorge Méndez será el entrenador, como así lo fue también en sub 15.
NOCHE DE FALLOS
Además, dos resoluciones pendientes de la segunda división se dieron a conocer esta noche también:
MAYORES – AGUAS CORRIENTES GANÓ LOS PUNTOS VS CARRASCO DEL SAUCE
Jueves 2 de noviembre del 2017.
VISTO: El reclamo presentado por CA Aguas Corrientes el 11 de octubre del 2017 referente al encuentro disputado el día 8 de octubre del corriente entre éste contra Carrasco del Sauce FC.
RESULTANDO:
I – Reunido el Tribunal el día 14 de octubre del presente, se toma conocimiento del reclamo presentado por CA Aguas Corrientes.
II- El objeto de la nota presentada por CA Aguas Corrientes consiste en el reclamo de los 3 (tres) puntos disputados contra Carrasco de Sauce FC basados en la presunta inhabilitación por acumulación de 2 (dos) tarjetas amarillas del jugador Juan José Cardozo Moreira CI. 4.813.020-5, N° OFI 190582 perteneciente a Carrasco del Sauce.
III- Se otorga vista acorde al Código de Procedimiento a Carrasco de Sauce FC.
IV- Se reciben los descargos de Carrasco del Sauce FC quienes plantean la desestimación del reclamo efectuado por CA Aguas Corrientes.
V- La base del reclamo incoado por CA Aguas Corrientes, está dado en el presunto error en la anotación del formulario oficial del encuentro disputado entre Carrasco del Sauce FC y San Francisco el día 17 de septiembre del corriente siendo el Arbitro del encuentro el Sr. Andrés Maldonado, donde éste amonesta con tarjeta amarilla al jugador N° 90 en el minuto 50 (según surge del formulario del encuentro), debiendo decir, según CA Aguas Corrientes, jugador N° 50 en el minuto 90.
VI- De los descargos de Carrasco del Sauce FC respecto al error administrativo en el formulario del encuentro antes dicho, se sustenta en las disposiciones previstas en el art. 67 del Reglamento General de la Liga, quien sostiene que los árbitros cuentan con tres días posteriores al encuentro para enviar nota y modificar los recaudos allí establecidos. Si bien este Tribunal no desconoce tal afirmación, que es acorde a derecho, rechaza lo esgrimido como argumento desestimatorio del reclamo en el entendido de que surgió manifiesta responsabilidad de la institución Carrasco del Sauce FC al no verificar y controlar las sanciones recaídas sobre sus jugadores, así como el no anunciar el error allí descrito en los ámbitos correspondientes a los efectos de un correcto control y seguimiento de su Institución como de las restantes en cuanto a infracciones refiere.
VII- El Tribunal entendió pertinente recibir al árbitro del encuentro entre Carrasco del Sauce FC y San Francisco a efectos aclaratorios sobre el supuesto error incoado por el reclamante.
VII- Con fecha 26 de octubre del corriente y bajo acta, se recibe al arbitro Sr. Andrés Maldonado quien reconoce tales extremos manifestando que el jugador amonestado fue efectivamente el N° 50 Juan Cardozo al minuto 90, lo que determina que en tal encuentro, se generó su primera tarjeta amarilla. Esto desprende la concordancia con el listado de jugadores dispuestos en el formulario del encuentro por parte de Carrasco del Sauce, no figura ningún futbolista con el N°90.
IX- Comprobado que el jugador Juan Cardozo obtuvo acumulación de dos tarjetas amarillas en los encuentros frente a San Francisco y Libertad Washington, correspondientes a la 3° y 4° fecha respectivamente, el jugador se encontraba inhabilitado para disputar el encuentro frente a Aguas Corrientes.
ATENTO: a los extremos ut supra y disposiciones previstas en los art. 42 inc. 6, art. 45 y 50 del Código de Penas, este Tribunal FALLA
FALLO:
Dar lugar al reclamo realizado por el CA Aguas Corrientes, otorgando los 3 (tres) puntos en disputa a dicha Institución.
SUB 17: SAN FRANCISCO CAMPEÓN DEL APERTURA, AL GANAR LOS PUNTOS VS LIBERTAD WASHINGTON
Canelones, 1 de Noviembre de 2017.
VISTO: El reclamo de puntos por parte del club San Francisco, correspondiente al partido disputado el domingo 8 de octubre del presente entre San Francisco y Libertad Washington por la 5ta fecha del campeonato apertura SUB 17 de la divisional B, presentado ante este tribunal el día 21 de octubre de 2017.
CONSIDERANDO:
1-Que el reclamante funda su pretensión en el hecho de que su rival realizó 5 sustituciones durante el encuentro, contrariando este hecho a la normativa de O.F.I. al respecto, así como lo dispuesto en parte de la circular 0012 de la mesa ejecutiva de fecha 3 de agosto del corriente.
2– Que en el apartado de Torneos O.F.I. donde se regula el número de sustituciones durante los partidos se expresa:
1) se podrán utilizar como máximo tres sustitutos (cambios) en cualquier partido de una competición oficial de categoría Mayores organizada por O.F.I., Confederaciones, Sectores o Ligas.
2) En las categorías de divisionales Formativas (Juveniles) y en el Femenino en todas sus categorías, el número máximo de sustitutos a utilizar en partidos de una competición oficial organizada por O.F.I., Confederaciones, Sectores o Ligas, podrá incrementarse (superior a tres), estableciéndose dicho número previo al inicio del torneo en el reglamento del mismo.
3- Que atendida la normativa de O.F.I., se desprende que el criterio subsidiario es que se apliquen tres modificaciones por partido, salvo que previo al comienzo del torneo se establezca expresamente otro número de variantes para juveniles.
4– Dada vista al Club Libertad Washington, este no presentó descargos.
5- Consultado sobre estipulación específica ampliando el número de cambios para categoría SUB 17 previo a este campeonato, se nos responde que no consta en actas estipulación al respecto.
El Tribunal de Penas
RESUELVE:
En consonancia con lo dispuesto en el capítulo 9 del reglamento de O.F.I. en lo referente a cambios de jugadores, y a los artículos 45 y 50 del Código de Penas, hacer lugar al reclamo, otorgándole los tres puntos en disputa al club San Francisco, fundado en que se excedió el máximo de tres sustituciones en el transcurso del partido, contrariando lo establecido en el Reglamento de O.F.I. en el apartado referente a Torneos O.F.I.; no habiéndose hecho uso de la opción de aumentar el número de sustituciones para SUB 17 previo al inicio del torneo.
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Dr. Héctor Barceló Dr. Gérson B. Vila Don José Fontangordo
Vocal Presidente Vocal
Martín Abreu